October 30, 2026
Entre enero de 2015 y diciembre de 2025, la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú) recibió 170,553 reportes de operaciones sospechosas, según cifras de la SBS publicadas por El Peruano 📈. Detrás de cada reporte hay una operación que alguien miró dos veces. Aquí te explicamos qué es una operación sospechosa, quién la reporta, qué pasa después y por qué te sirve entenderlo aunque tu empresa no esté obligada a reportar.

Una operación sospechosa es una transacción, realizada o intentada, que es inusual, no tiene un fundamento económico o lícito aparente o podría estar vinculada con lavado de activos o financiamiento del terrorismo. No es una acusación: es una señal de que algo no calza con lo que se sabe del cliente.
El paso de una a otra lo da el análisis. Por eso no basta con detectar algo raro: hay que revisarlo y dejar registro de por qué se descartó o se reportó.
El Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS) es el documento que un sujeto obligado o un organismo supervisor envía a la UIF-Perú cuando detecta indicios de lavado de activos o financiamiento del terrorismo. Lo prepara el oficial de cumplimiento y se transmite por el sistema en línea de la SBS. Para los sujetos obligados que supervisa la UIF-Perú, el plazo es de 24 horas desde que la operación se califica como sospechosa.
Son las empresas y personas que, por ley, deben tener un sistema de prevención del lavado de activos y reportar a la UIF-Perú. Entre ellos están 👇:
La lista crece con el tiempo. En 2026, el Decreto Supremo N° 008-2026-JUS sumó a las empresas de arrendamiento financiero que no están dentro de la Ley General del Sistema Financiero.
Quien reporta no puede contarle al cliente ni a terceros que su operación fue informada a la UIF-Perú 🤐. Esa reserva protege la investigación. Por eso, como empresa, nunca vas a saber si una contraparte fue reportada: lo que sí puedes ver son las señales que la rodean.
Los reportes crecen año a año. En 2014 la UIF-Perú recibió 6,356; en 2023 fueron 23,344, casi cuatro veces más. Parte del alza se explica porque se han sumado nuevos sujetos obligados a reportar.

Recibir un reporte no significa que alguien cometió un delito. La UIF-Perú analiza cada ROS, lo cruza con otras fuentes y, si encuentra indicios, elabora un informe de inteligencia financiera que envía al Ministerio Público. Recién ahí puede empezar una investigación fiscal.

Porque el riesgo no se queda en los bancos. El dinero de origen ilícito necesita moverse por cadenas comerciales que parecen legítimas: proveedores, distribuidores, clientes y socios. Si tu empresa está en esa cadena, el problema también te alcanza.
Como comentó Vicente Cruz, CEO de Sheriff, a El Peruano, conocer con quién haces negocios “dejó de ser un trámite”: revisar una sola vez ya no alcanza. Más contexto en qué exige hoy la Ley 30424 a las empresas en Perú.
Una señal sola no prueba nada. Varias juntas sí justifican una revisión a fondo antes de firmar o de pagar.

Para profundizar, revisa cómo identificar una empresa fachada y cómo saber si una empresa es fantasma en Perú.
No necesitas ser sujeto obligado para aplicar la misma lógica. Cuatro pasos cubren lo esencial:

Para ordenar todo el proceso, revisa la debida diligencia empresarial en Perú y KYC y KYB en Perú: qué son y cómo aplicarlos.
Revisar cada fuente a mano toma horas 😮💨. Con Sheriff ingresas un RUC y en segundos ves:
Monitoreamos el presente para que cuides tu futuro.
Fuente: SBS registra 170,000 operaciones sospechosas, diario oficial El Peruano.
Es una transacción, realizada o intentada, que es inusual, no tiene un fundamento económico o lícito aparente o podría estar vinculada con lavado de activos o financiamiento del terrorismo.
Es el Reporte de Operaciones Sospechosas que un sujeto obligado o un organismo supervisor envía a la UIF-Perú. Lo prepara el oficial de cumplimiento y es reservado.
Los sujetos obligados: empresas del sistema financiero y de seguros, casas de cambio, notarios, agentes inmobiliarios, empresas mineras, comercializadoras de vehículos y de joyas, casinos y juegos de lotería, entre otros.
No tiene que enviar ROS, pero sí le conviene revisar a sus contrapartes: el Decreto Legislativo N° 1106 sanciona a quien debía presumir el origen ilícito del dinero, y la Ley 30424 alcanza a las personas jurídicas.
No. El ROS es reservado y quien reporta no puede revelarlo. Lo que sí puedes revisar son los registros públicos y las señales de alerta de tu contraparte.
No. Es un indicio que la UIF-Perú analiza. Solo si encuentra elementos suficientes envía un informe de inteligencia financiera al Ministerio Público, que decide si investiga.
Entre 2015 y 2025 recibió 170,553 reportes, unos 42 al día en promedio. En 2023 fueron 23,344, frente a 6,356 en 2014.
Efectivo sin sustento, pagos de terceros, actividad que no calza con lo declarado, empresas recién creadas con montos grandes, un dueño real poco claro y presión para cerrar sin entregar antecedentes.
Esta guía es información general y no reemplaza la asesoría de un abogado.
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